Contratar un seguro de vida es una de las mejores inversiones que se pueden llevar a cabo para contar con un buen respaldo económico en el caso de que nos ocurra algo grave y, además, garantiza el bienestar de nuestros familiares. Así que una vez que se está convencido de contratar esta póliza toca informarse de las coberturas que ofrecen y cuáles son las más acordes según nuestras necesidades. Pero también hay que tener en cuenta el precio y qué impuestos incluye un seguro de vida.
La verdad es que aquí es donde podemos encontrarnos mayores controversias. A todos nos interesa conocer de antemano el importe que debemos abonar por nuestra póliza y, por supuesto, la cantidad total que habrá que abonar teniendo en cuenta estos impuestos adicionales.
Impuesto sobre Primas de Seguro (IPS)
Se trata de uno de los impuestos más elevados y están incluidos en todos los seguros de vida. El IPS implica un porcentaje del 6% adicional que se relaciona con las garantías complementarias de este tipo de pólizas. Siempre se excluye a la garantía principal, que es la de fallecimiento.
Impuesto al Consorcio de Compensación de Seguros
El Impuesto al Consorcio de Compensación de Seguros, o simplemente Consorcio, como se le conoce habitualmente, es una de las tasas más habituales dentro de los seguros de vida. Sin embargo, su porcentaje es bastante bajo: del 0,005%. También en este caso el porcentaje del que hablamos corresponde a las garantías complementarias y se excluye la principal de fallecimiento.
Impuesto para Liquidación de Entidades Aseguradoras (LEA)
Es otro impuesto exclusivo, relacionado estrechamente con las compañías de seguros, implica un porcentaje del 0,15%. En lugar de tener que abonar una cuantía adicional sobre las garantías, añade un mínimo porcentaje al capital principal, que siempre es el de fallecimiento. También se incluyen los accidentes.
Cuantía adicional por método fraccionado e IVA
A la hora de contratar un seguro de vida, se puede elegir el pago de una sola vez o fraccionado. La segunda opción suele ser la más habitual aunque implica pagar una cuantía adicional. El porcentaje va a depender de cada compañía, aunque suele oscilar entre el 2% y el 3,5%.
Conocidos estos impuestos específicos, queda una pregunta más ¿qué pasa con el IVA?
El seguro de vida está exento del pago de IVA.
Según recoge el artículo 20.16 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, no hay que pagar IVA por contratar un seguro de vida.
Así, la respuesta a qué impuestos incluye el seguro de vida al contratarlo es: IPS, Impuesto al Consorcio y LEA. Y, entre esas tasas, no está incluido el IVA. Por eso, al precio total de la prima que vamos a contratar hay que sumar el importe de los tres impuestos. Aquí también tienes información sobre qué impuestos se pagan al cobrarlo.
En cualquier caso, la garantía económica de futuro que ofrece contratar esta póliza compensa y hace que resulte muy económica. Consulta precios, coberturas y diferentes periodicidades de pago de las principales aseguradoras en el comparador online más completo. Y si aún tienes dudas o prefieres que un experto te realice un estudio a medida de tus necesidades, llama a los teléfonos 91 218 21 86 – 932 990 416.