Antes de fallecer, hay algunos trámites que se pueden dejar hechos para ayudar a nuestros seres queridos a llevar mejor ese momento tan difícil.
La muerte es un tema tabú en todas las familias. Nadie quiere pensar en que, algún día, nos faltará uno de nuestros seres queridos; o, quizá, nosotros mismos. Sin embargo, la realidad nos golpea cada día. Todos hemos perdido a una persona muy querida o conocemos a alguien que ha pasado por ello. Puede que, incluso, fuese algo totalmente inesperado e imprevisible.
Así pues, todos tendremos que enfrentarnos al difícil momento de decir adiós a un familiar o un amigo. No obstante, hay algunas cosas que se pueden hacer antes de fallecer para ayudar a las personas más cercanas a nosotros. Y es que la burocracia no perdona ni siquiera en los malos momentos.
Hacer testamento
Es uno de los tabús más grandes. Hacer testamento no es nada agradable y es normal que nos dé yuyu solo pensarlo. Sin embargo, ayuda mucho a los familiares, así como a nosotros mismos, pues recoge nuestras últimas voluntades. Es muy útil por dos motivos en concreto: el futuro de los hijos y las finanzas.
1. Designar un tutor legal para los hijos
Pensar en los hijos es uno de los motivos por los que hacer testamento antes de fallecer. En caso de que nos ocurra algo y ellos aún sean pequeños, debe designarse un tutor legal. La persona que elijamos será quien se encargue de cuidarlos y administrar los bienes que les dejemos. Pueden nombrarse varios tutores, si se quiere, y no es un cargo obligatorio, por lo que pueden rechazarlo.
2. Designar un albacea
Un albacea es la persona encargada de gestionar e inventariar la herencia del difunto. Tampoco es un cargo obligatorio, por lo que hay que estar seguros de que la persona que elijamos está de acuerdo. Es una figura que ayuda a agilizar los trámites, sobre todo si hay herederos menores. En caso de que no haya albacea, es la Administración la que se encarga del reparto y gestión de la herencia, lo que suele retrasar los plazos.
¿Qué ocurre si no hago testamento antes de fallecer?
Los cónyuges son los más afectados si una persona no deja hecho el testamento. Cuando alguien fallece sin hacer este trámite, el Código Civil dicta quiénes son sus herederos legales. En primer lugar, heredan los hijos y los padres. Después, el cónyuge, los hermanos y los sobrinos. Y ya, en último lugar, el resto de parientes hasta cuarto grado de consanguinidad (primos hermanos, sobrinos nietos y tíos abuelos).
De esta manera, cuando no hay testamento, la herencia se reparte según ese orden de prioridad. Si fallece una madre, los herederos serán los hijos. Y, si estaba casada pero no tenía hijos, heredarán sus padres. Si hay hijos o padres, los cónyuges solo heredan la legítima, que es un porcentaje establecido por la ley que no tiene por qué corresponder con la voluntad del difunto. Por ejemplo, en algunos casos, puede suponer que el cónyuge no se quede con la vivienda que compartía con el fallecido.
Si nuestro deseo es que nuestro cónyuge herede nuestros bienes, antes de fallecer es imprescindible hacer el testamento. Es un consejo válido también si quieres dejar algo a otros familiares más lejanos o incluso a empresas o fundaciones.
Hacer testamento vital
El testamento vital, documento de instrucciones previas o testamento de voluntades anticipadas es un trámite que se puede hacer antes de fallecer y recoge las últimas voluntades de una persona. No interviene en temas económicos, sino en lo relativo a su salud y a qué desea que ocurra si enferma y ya no puede valerse por sí misma. Es decir, informa a nuestros seres queridos de qué queremos para nuestros últimos momentos, por si acaso nosotros no podemos decírselo.
De esta manera, es un documento en el que se detallan aspectos como:
- Incineración o sepultura tradicional
- Si se quiere donar los órganos
- Instrucciones y límites sobre los cuidados médicos si sufre una enfermedad irreversible o terminal
Para que este trámite sea válido, debe hacerse ante notario y con tres testigos, que no deben ser parientes cercanos (hijos, padres, tíos o sobrinos) ni tener una relación económica con la persona. Después, se lleva al Registro de Instrucciones Previas de la comunidad autónoma correspondiente.
Tener un seguro de decesos que se encargue del funeral
El entierro es uno de los pasos más duros para una familia que acaba de perder a un miembro. Implica papeleos y, sobre todo, muchos gastos. Según un estudio de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), un sepelio completo, sin ostentaciones, cuesta alrededor de 3500 euros. Piensa que hay que pagar el ataúd, las esquelas, las flores, el tanatorio… En total, eso puede suponer un gran desembolso para la familia y, quizá, tengan que endeudarse para asumirlo.
Tener un seguro de vida para ayudar a tu familia
Los seguros de vida son un enorme apoyo para quienes han perdido a alguien. Por desgracia, las facturas no dejan de llegar cuando alguien fallece. Por ese motivo, dejar una de estas pólizas ayudará muchísimo a nuestros seres queridos a afrontar los gastos que vendrán.
Se calcula que lo ideal es asegurar cinco años de sueldo íntegro más otras deudas que podamos tener. Es decir: si ganas 20.000 euros al año y tienes una hipoteca por pagar de 100.000 euros, al menos deberías hacer una póliza de 200.000 euros. Gracias a ese dinero, tu familia podrá mantener su nivel de vida durante otros cinco años más, aunque tú ya no estés.
Ten en cuenta que los beneficiarios del seguro de vida no tienen por qué coincidir con los herederos del testamento. No obstante, si no se concreta beneficiario en la póliza, serán los herederos legales quienes reciban la indemnización, que se sumará a la herencia.
Además, hay muchos seguros de vida que incluyen los gastos de sepelio. Eso significa que no solo te indemnizan si falleces, sino que también te dan el dinero que cueste el funeral, hasta una cantidad máxima. De esta manera, pueden sustituir a los seguros de decesos y te protegen más.
Un consejo extra: informa a tu familia del seguro de vida
Puedes averiguar si una persona tenía un seguro de vida, aunque no te lo hubiera dicho. Todas las pólizas se inscriben en el Registro de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento, que es público y depende del Ministerio de Justicia. Si fallece una persona, se puede pedir información al registro para obtener todos los datos del contrato, si lo había. De esta manera, se consigue la indemnización acordada, incluso si el beneficiario no sabía que había un seguro.
Pese a esto, lo más cómodo es avisar a nuestros beneficiarios y herederos de que tenemos un seguro de vida. De este modo, podrán conseguir la indemnización antes y les evitaremos pedir estos papeles al registro.
Recopilar la información importante en un mismo lugar
Sin duda, el trámite que más ayudará a tu familia si falleces. Tras la muerte de una persona, hay que preparar muchos documentos, pedir certificados, dar de baja servicios… Por este motivo, es esencial que tengan a mano toda la información importante sobre ti.
- Datos personales básicos: nombre completo, fecha de nacimiento…
- DNI
- Datos de la Seguridad Social
- Documentación de los vehículos
- Escritura de las propiedades
- Partida de nacimiento
- Documentación del matrimonio
- Contraseñas y cuentas de redes sociales, para que se puedan eliminar
- Información bancaria, especialmente si eres titular único de alguna cuenta o producto financiero
- Información sobre seguros y existencia de testamento o testamento vital
Simplificar la burocracia antes de fallecer
Los papeleos se multiplican cuando muere una persona. Para ayudar a nuestros familiares, será muy útil hacer estos trámites antes de fallecer. Solo con eso, les facilitaremos muchísimo los días siguientes a nuestra marcha.
Si tienes alguna duda sobre los seguros de vida, en nuestro blog encontrarás muchísima información. En nuestro comparador puedes ver, rápidamente, los precios y coberturas de las principales empresas. Aunque no lo creas, es mucho más barato de lo que parece. Es normal que dé yuyu pensar en qué hacer antes de fallecer, pero tú y los tuyos os merecéis la mejor protección, pase lo que pase.