Si te estás planteando contratar por primera vez un seguro de vida, pero no sabes cuál es su utilidad, no entiendes, sigue leyendo. Te damos las respuestas a las dudas más comunes sobre seguros de vida.
Descubrirás por qué te interesa contar con este salvavidas, para ti y tu familia y la edad en la que los expertos aconsejan su contratación.
¿Qué es un seguro de vida?
- Se trata de un contrato por el cual una entidad aseguradora se compromete a pagar al beneficiario una prestación estipulada en el caso de que el asegurado fallezca o sufra una invalidez. Entre sus características:
- Puede contratarse sobre la vida propia o la de un tercero.
- Puede cubrir a uno o a varios asegurados.
- Incluye todos los riesgos que puedan afectar a la existencia del asegurado (vida o muerte)
- Como la vida humana no se puede valorar económicamente, en los seguros de vida quien contrata decide cuánto capital quiere asegurar.
¿Quiénes intervienen un seguro de vida?
A la hora de hacer un seguro de vida, conviene familiarizarnos con términos en aparecen en el contrato y en la póliza. Los más importantes son:
Entidad aseguradora
Es una persona jurídica (sociedad anónima, mutualidad de seguros, mutua de previsión social) autorizada para operar en la actividad de seguros. Con esta entidad se contrata el seguro, asume el riesgo y paga la prestación, de acuerdo con los términos establecidos en la póliza de seguro.
Tomador del seguro
Es el contratante, la persona física o jurídica que contrata el seguro con la entidad aseguradora y paga la prima. Tiene derecho a nombrar beneficiario. Puede hacer el contrato sobre su propia vida o la de un tercero, tanto para caso de muerte como para caso de supervivencia, y sobre uno o varios asegurados. Puede ser asegurado, cosa habitual en los seguros de padres y madres que buscan que su familia quede protegida económicamente si ellos fallecen
Asegurado
Es la persona física sobre cuya vida se establece el seguro. El tomador y el asegurado pueden ser la misma persona. En los seguros de vida-riesgo, cuando el tomador del seguro es distinto al asegurado, es necesario el consentimiento de este por escrito. Si el asegurado es menor de edad, será necesaria la autorización por escrito de sus representantes legales.
Beneficiario
Es la persona o personas designadas por el tomador para cobrar la prestación garantizada por el seguro. El tomador del seguro podrá designar uno o más beneficiarios, no designar ninguno o modificar su designación.
¿En qué pueden ayudar los seguros de vida?
El seguro de vida proporciona una suma de dinero en caso de que se den las circunstancias previstas en el contrato. Las necesidades que cubre son numerosas. Entre otras:
1.- Seguridad
No sabemos qué puede depararnos el futuro, pero sí que las desgracias ocurren cada día a nuestro alrededor. Hay cosas que no tienen solución, pero hay otras que pueden resolverse con dinero. Y el seguro de vida-riesgo proporciona un capital suficiente en caso de que surja el imprevisto de un fallecimiento o una invalidez.
2.- Mantenimiento de la familia
Es la principal causa de contratación, ya que cuando fallece la persona que proporciona ingresos a la familia es necesario continuar proporcionando sustento económico.
3.- Cancelación de hipotecas
El seguro de vida permite cancelar la hipoteca pendiente en caso de fallecimiento, para que el hogar pase a ser propiedad de la familia, sin obligación de seguir destinando una parte importante de su renta a pagar la mensualidad de la hipoteca.
4. Últimos gastos
Cuando una persona muere hay gastos inmediatos, cuantiosos y urgentes, relacionados con el propio fallecimiento, y además puede haber préstamos pendientes, cargos en cuenta, tarjetas de crédito, etc.
5.- Impuesto de sucesiones
Tras un fallecimiento, Hacienda exige liquidar el impuesto de sucesiones que se deriva de la herencia. El dinero que proporciona el seguro de vida puede utilizarse para pagar el impuesto y poder conservar la propiedad.
6.- Estudios de los hijos
En caso de fallecimiento prematuro, el seguro de vida puede proporcionar el dinero suficiente para que los hijos sigan estudiando.
¿Cualquiera puede tener un seguro de vida?
Para contratar un seguro de vida-riesgo que cubra el fallecimiento o la invalidez, es necesario que el asegurado cumpla una serie de requisitos respecto a su profesión, edad, deportes o actividades que practica y estado de salud. En general, suelen consistir en comprobar que el asegurado tiene unas características normales: no tiene una profesión arriesgada, ni practica deportes o aficiones consideradas peligrosas, ni padece enfermedades importantes. Estas son las excepciones.
- Profesión. No pueden hacerse un seguro de vida normal quienes tengan profesiones arriesgadas como bomberos, mineros, cuerpos de seguridad, etc.
- Deportes. Se suelen excluir los deportes y actividades peligrosos, especialmente cuando se practican de forma profesional como alpinismo, paracaidismo, etc.
- Estado de salud. Se comprueba mediante un proceso de selección de riesgos que comienza con una declaración de salud o un reconocimiento médico. En función del estado de salud del asegurado, la compañía puede pedir pruebas complementarias específicas para cada enfermedad y aceptar, rechazar o establecer una sobreprima para el seguro.
- Edad límite. Las aseguradoras no suelen admitir seguros de vida para personas de más de 65 años. Esta es una de las respuestas a las dudas más comunes sobre seguros de vida, por lo que debe quedar claro.
¿A qué edad conviene contratar un seguro de vida?
Lo habitual es hacerse un seguro de vida al comenzar con el primer empleo, que es cuando comienzan a adquirirse compromisos de pago.
En cuanto a las limitaciones de contratación según la edad, interesa tener en cuenta los siguientes puntos:
- Para contratarlo hay que ser mayor de edad.
- Los seguros de fallecimiento e invalidez no suelen hacerse a personas de más de 65 años.
- Los seguros de vida-riesgo, por ley, no se pueden hacer a menores de 14 años, excepto si la cobertura de muerte es inferior o igual a la prima satisfecha por el seguro. Es decir, si lo que va a pagar es lo mismo que va a recibir.
- Los menores tendrán que actuar a través de sus representantes legales. Si el asegurado es menor de edad, será necesaria la autorización por escrito de sus representantes legales.
- Al contratar un seguro de vida suele utilizarse la edad actuarial, es decir, la edad alcanzada en el cumpleaños más próximo al momento en que se esté calculando. Si al contratar una póliza de seguro de vida la edad del asegurado se indica de forma inexacta se producen los siguientes efectos:
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- La entidad aseguradora solo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del asegurado en el momento de la entrada en vigor del seguro excede de los límites de admisión establecidos por aquella.
- Si la prima pagada es inferior a la que correspondería pagar, la prestación de la entidad aseguradora se reducirá en proporción a la prima percibida.
- Si la prima pagada es superior a la que debería haberse abonado, la aseguradora está obligada a restituir el exceso de las primas percibidas sin intereses.
¿Cuánto cuesta un seguro de vida?
Es difícil calcular el precio de la póliza de forma exacta, porque esto va a depender de la situación que presente cada uno de los interesados en contratar un seguro de vida. Así, según las características personales, familiares o laborales, se pagará una prima u otra. Estos son los parámetros que más influyen en el precio:
- El capital a asegurar. De este va a depender la prima total al año que hay que abonar a la compañía.
- El número de años por el que se contratado el seguro. La duración en el tiempo puede aumentar o disminuir esta prima.
- La edad del asegurado. Cuantos más años, más alto será el coste de la prima.
- La profesión. Si la compañía considera que el trabajo es peligroso, se puede pagar un plus adicional por estar expuestos continuamente a unos riesgos.
- El estado de salud. Si se padece alguna enfermedad grave, esta puede ser un motivo de peso para que el precio del seguro aumente considerablemente. También si se consumen sustancias perjudiciales para nuestra salud, como el tabaco.
Teniendo en cuenta todos estos aspectos pedimos al comparador de seguros que exponga cuánto cuesta un seguro de vida al año de manera orientativa. Como ejemplo, un asegurado de 31 años, sin enfermedades conocidas, con un trabajo de oficina y un capital asegurado de 50.000 €. La mayoría de las compañías ofrecen una prima anual que ronda los 30 €.
Si es necesario asegurar un capital más elevado, de unos 100.000 €, la prima será algo mayor. En este caso, según este comparador, las compañías nos ofrecen seguros de vida con una prima algo superior, de una media de 50 € anuales. Pero los hay más baratos.
¿Cómo contratar un seguro de vida?
Es aconsejable dejarse asesorar por un corredor de seguros experto o entrar en nuestro comparador para ver cuál conviene más. Una vez decidido el tipo de seguro y la compañía que nos ofrece las mejores garantías y el mejor precio, esta es la documentación habitual a entregar:
- Solicitud de seguro.
- Declaración de salud firmada.
- Un reconocimiento médico, a partir de cierta edad y para capitales asegurados elevados. También puede incluir pruebas complementarias como análisis, radiografías, etc.
- En ocasiones, algún cuestionario complementario.
La aseguradora nos entrega una póliza que consta de:
- Condiciones generales.
- Condiciones particulares.
- En ocasiones, también condiciones especiales y cláusulas adicionales.
¿Cómo se cobra un seguro de vida?
El beneficiario del seguro deberá aportar a la aseguradora los documentos que indique la compañía, normalmente, en un plazo de 7 días hábiles desde la fecha del siniestro.
En caso de supervivencia del asegurado:
- Documento acreditativo de su condición de beneficiario o DNI si el beneficiario es el propio asegurado.
- Documento acreditativo de su condición de beneficiario o DNI si el beneficiario es el propio asegurado.
- Fe de vida del asegurado.
En caso de invalidez del asegurado:
- Informe detallado del médico, explicando las causas y circunstancias en las que se ha producido la invalidez.
- Informe detallado del médico, explicando las causas y circunstancias en las que se ha producido la invalidez.
- Documento acreditativo de su condición de beneficiario.
En caso de fallecimiento del asegurado:
- Certificado literal de nacimiento si no se ha entregado antes.
- Certificado literal de defunción.
- Informe detallado del médico, explicando las causas y circunstancias en las que se ha producido el fallecimiento.
- Documento acreditativo de su condición de beneficiario.
- Justificación de haber liquidado el impuesto sobre sucesiones y donaciones, o de su exención.
- Póliza y último recibo pagado.
¿Te han sido útiles estas respuestas a las dudas más comunes sobre seguros de vida? Recuerda que, además, dispones de información ampliada sobre los diferentes tipos de seguro en la web elmejorsegurodevida.com, donde encontrarás el comparador online más completo de seguros de vida.