Cuando pensamos en un seguro de vida, normalmente nos viene a la cabeza un fallecimiento y que los familiares directos cobren la prima del seguro. Pero no siempre es así. Existen 3 casos en los que asegurado recibe el dinero del seguro de vida. En este artículo te vamos a contar cuáles son y por qué un seguro de vida es una gran inversión, también para ti mismo.
Por qué es importante conocer los 3 casos en los que el asegurado recibe el dinero del seguro
En el año 2021 en España había 953 591 personas con una invalidez permanente reconocida. El importe máximo que cobraron un porcentaje de ellas de la Seguridad Social fueron menos de 950 €. Y esto es solo en algunos casos, ya que la mayoría de las pensiones son inferiores a esta cantidad. Estos datos son un reflejo claro de que contar con un seguro de vida que cubra la invalidez es imprescindible para poder tener una vida desahogada en el plano material.
El mecanismo por el cual se puede cobrar el seguro de vida sin que tenga que darse el fallecimiento del asegurado es añadir a la póliza tradicional (la que indemniza a los familiares si el asegurado fallece) una serie de coberturas adicionales.
Estos son los tres supuestos en los que se pueden activar estas coberturas, siempre que las tengas contratadas en tu seguro de vida:
1.- Si tienes una invalidez profesional
Esta póliza de seguro está pensada para personas que sufran una invalidez para ejercer su profesión. Esto significa que, aunque esta incapacidad no les haga imposible llevar una vida relativamente normal, o incluso trabajar, su enfermedad o accidente implica que no puedan ejercer su trabajo habitual, es decir, la profesión que realizaban hasta ese momento.
Esto se conoce como invalidez total para la profesión habitual. Puede darse por un accidente de trabajo o por otra condición. Para que se conceda esta invalidez, el rendimiento del afectado tiene que ser de menos de un 33 % de su capacidad. Y esto, en muchos casos, significa que la persona puede seguir trabajando, pero no ejercer su profesión habitual. Algunos ejemplos pueden ser: un pianista que ha sufrido un accidente en el cual sus manos se han visto afectadas, un chófer que por una condición médica ya no puede conducir, o un cirujano que no puede operar.
2.- Si sufres una invalidez absoluta y permanente
La invalidez (o incapacidad) permanente es una condición producida, tanto por un accidente de trabajo como por una enfermedad crónica, que no nos permite volver a tener una vida laboral como la que teníamos antes.
La invalidez la evalúa y la prescribe la Seguridad Social, no es una decisión que tome la compañía de seguros. Y, tal y como la define en sus estatutos, «un trabajador sufre una incapacidad permanente cuando, debido a un tratamiento médico o a un problema de salud, una vez ha recibido el alta, sufre de reducciones anatómicas funcionales graves, previsiblemente definitivas que disminuyan o anulen su capacidad laboral. Si necesitas informarte más a fondo sobre el procedimiento para solicitar la pensión de incapacidad permanente e información general sobre la misma, puedes hacerlo en este enlace.
En caso de una invalidez permanente, la Seguridad Social pagará a la persona en esta situación una prestación económica para tratar de cubrir la pérdida de ingresos. Pero la realidad es que, con esta pensión, la persona sufre una importante pérdida de poder adquisitivo. Es por ello que es tan importante contratar un seguro de vida con coberturas adaptadas a este tipo de situaciones.
Los niveles de invalidez
Hay distintos niveles, o tipos, de invalidez.
- Invalidez permanente parcial: Es otra forma de llamar a la invalidez profesional.
- Invalidez permanente total o absoluta: La persona afectada por esta invalidez no puede trabajar. No puede ejercer su profesión habitual, ni tampoco ninguna otra.
- Gran invalidez: La persona afectada no puede trabajar, ni tampoco valerse por sí misma, y necesita ayuda con las tareas diarias, con su cuidado personal y para poder valerse.
3.- En caso de sufrir una enfermedad grave, o un cáncer
Esta es una cobertura específica de algunos seguros de vida que se conoce como «cobertura para enfermedades graves». La persona que contrata esta póliza recibirá ella misma una indemnización para ayudarle a cubrir los cuantiosos gastos a los que hay que hacer frente si sufre una enfermedad grave. Las enfermedades que están cubiertas por los seguros están especificadas en las coberturas, y normalmente son: algunos tipos de cáncer y cardiopatías. En el caso de las mujeres, hay pólizas específicas pensadas para la salud de la mujer que cubren enfermedades que solo sufren las mujeres, como son el cáncer de cuello de útero o de mama.
¿La pensión pública es suficiente en caso de sufrir una invalidez?
La pensión que te asigna la Seguridad Social en caso de sufrir una invalidez no es suficiente para poder cubrir los gastos corrientes, y aún menos para mantener un buen nivel de vida. En concreto, para una autónomo con una incapacidad permanente, su pensión de la Seguridad Social en casi ningún caso superará los 800 €. Esta cantidad aún es menor si la invalidez es profesional.
Es muy importante que te informes de las diferentes modalidades de seguros de vida que hay en el mercado, y en concreto con estas coberturas concretas. Puedes hacerlo consultando nuestro comparador. En él verás de forma muy clara tanto los diferentes precios, como los servicios y las coberturas, y podrás decidir cuál es el mejor para tu situación.
Es por ello que, un seguro de vida que cubra estos tres casos en los que el asegurado recibe el dinero del seguro de vidas, será imprescindible para poder tener una vida tranquila y sin preocupaciones económicas.
4 respuestas
Si me kedo inválido ke me ofrecéis .69 años..Vigo
Hola, puede calcular el precio de su seguro de vida e invalidez en el siguiente enlace https://www.elmejorsegurodevida.com/comparador-de-seguros-de-vida/
Hola,entonces no te pagan en caso de muerte natural?
Hola. Si claro, se paga el dinero en caso de fallecimiento por cualquier causa, sea natural o no. Lo que pasa es que en ese caso los que reciben el dinero son los herederos o la persona que se haya designado. Como entenderá es imposible que el dinero lo reciba el fallecido.